Condiciones
- ALCANCE: Por 25° o 50° aniversario de bodas del afiliado o afiliada Titular.
- MODO DE SOLICITUD Y REQUISITOS: Confeccionar el formulario correspondiente y presentarlo en la Secretaría de Previsión, Acción Social y Cultura al menos 20 días previos a la fecha, junto con la fotocopia del certificado de Matrimonio o libreta de casamiento. La fecha de utilización efectiva del beneficio, será con posterioridad a ocurrido el evento y hasta 6 meses posteriores al mismo. Se otorgará un solo beneficio por evento.
- BENEFICIO: Almuerzo o Cena en restaurante de primera línea en CABA o Gran Buenos Aires.

“Un amor que perdura a lo largo del tiempo es un tesoro invaluable”